Juez Jason Lidyard
Última actualización: 5/1/2024
Acceso remoto
Las audiencias remotas se llevan a cabo a través de Google Meet. El Tribunal prefiere que los abogados y las partes participen por video. Si no es posible participar por video, puede hacerlo llamando al 1-651-504-5687 e ingresando el PIN: 492 868 159#
Información adicional
Descargue el Protocolo actualizado en casos penales para la presentación electrónica de documentos ante la División V del Tribunal del Primer Distrito Judicial
Estimados abogados:
- Los jueces penales del Tribunal del Primer Distrito Judicial han establecido los siguientes protocolos generales. Estos pueden cambiar según corresponda y, desde luego, les informaremos de inmediato sobre cualquier cambio.
- Los abogados pueden comparecer por teléfono y sus clientes no necesitan estar presentes en el Tribunal para las siguientes audiencias, de acuerdo con las condiciones establecidas:
Los abogados deben enviar una solicitud por correo electrónico a la auxiliar administrativa (TCAA) del juez con al menos 24 horas de anticipación. Este correo electrónico debe incluir el número de teléfono de contacto del abogado. Los abogados deben estar disponibles al menos cinco minutos antes de la audiencia programada y permanecer disponibles hasta que reciban una llamada del Tribunal. - Conferencia de estado de las evaluaciones de capacidad. Los abogados podrán comparecer por teléfono; los demandados que estén fuera de custodia no deberán comparecer ante el Tribunal; los demandados bajo custodia continuarán compareciendo por video en la sala del Tribunal de la jueza Marlowe Sommer. El juez Ellington comparecerá por video en ese momento. El juez Lidyard tomará una determinación según la disponibilidad del video.
- Audiencias de presentación. Los abogados pueden comparecer por teléfono.
- Instrucción de cargos por infracción de la libertad probatoria. Los abogados pueden comparecer por teléfono. Los demandados seguirán compareciendo por video en la sala del Tribunal de la jueza Marlowe Sommer. El juez Ellington comparecerá por video en ese momento. El juez Lidyard tomará una determinación en función de la disponibilidad del video.
- Conferencia de estado de la libertad probatoria. Los abogados pueden comparecer por teléfono. Los demandados que estén fuera de custodia no deberán comparecer ante el Tribunal. Los demandados bajo custodia seguirán compareciendo por video en la sala del Tribunal de la jueza Marlowe Sommer. El juez Ellington comparecerá por video en ese momento. El juez Lidyard tomará una determinación en función de la disponibilidad del video.
- Instrucción de cargos. Los abogados podrán comparecer por teléfono, siempre que haya una exención firmada por el demandado y se presenten las condiciones de liberación tres días antes de la instrucción de cargos. La instrucción de cargos seguirá figurando en la lista de causas del Tribunal y corresponde al abogado cumplir con este plazo. Esta se llevará a cabo de forma similar a las audiencias de presentación, ya que se citará al caso para garantizar el cumplimiento y dar seguimiento al caso. Si no se otorga una exención, el fiscal y el abogado defensor deberán comparecer, el demandado que esté fuera de custodia deberá comparecer y el demandado bajo custodia deberá ser trasladado. Se desaconseja el traslado de un demandado bajo custodia y se instruye a los abogados defensores a hacer todo lo posible por cumplir con los plazos. El Tribunal no quiere que los demandados, ya sea bajo custodia o fuera de custodia, estén presentes en el Tribunal simplemente porque el abogado defensor tardó en presentar a tiempo los documentos de la instrucción de cargos.
- Ya no hay Reuniones previas al juicio. Permanecerán en la lista de causas del Tribunal, al igual que la instrucción de cargos, y tres días antes de la lista de causas del Tribunal, los abogados deberán presentar un Certificado de cumplimiento de que se han reunido y consultado, y darán detalles del estado de la admisión de pruebas y la preparación para el juicio. Esta se llevará a cabo de forma similar a las audiencias de presentación, ya que se citará al caso para garantizar el cumplimiento y dar seguimiento al caso.
- Ingresos de listas de causas. El fiscal y el abogado defensor pueden comparecer por teléfono. Los demandados fuera de custodia no necesitan estar presentes en el Tribunal y los demandados bajo custodia no serán trasladados. Si se solicita una postergación, el protocolo temporal es el siguiente: si el fiscal solicita una postergación, dicha postergación se considerará en su contra. Si el demandado solicita una postergación, deberá presentar una exención de los derechos de juicio rápido firmada por el demandado tres días antes del Ingreso de la lista de causas. Si las partes solicitan conjuntamente una postergación, se mantendrá neutral. Si ambas partes desean que el juicio proceda en esa lista de causas específica, el Tribunal lo aceptará, a menos que la necesidad administrativa debido al coronavirus obligue al Tribunal a posponer el juicio. Si las partes discrepan sobre a qué parte debe atribuirse la postergación, esta se mantendrá neutral y el Tribunal reconsiderará el asunto en una fecha posterior, previa solicitud de reconsideración.
- Audiencias de liberación según la Regla 5-403 de las Reglas Anotadas de Nuevo México (NMRA). Esta regla otorga al demandado el derecho a estar presente. El Tribunal no trasladará al demandado a la audiencia de liberación como era de esperar. En cambio, el abogado consultará con el Tribunal antes o durante la audiencia programada para determinar si se puede dejar en libertad al demandado bajo condiciones de liberación o si se requiere una audiencia probatoria sobre la solicitud para revocar las condiciones de liberación. Si el demandado desea hacer valer su derecho a estar presente en una audiencia de liberación, el abogado debe emitir una orden de traslado a tiempo.
- Audiencias de liberación según la Regla 5-401 de las NMRA. El Tribunal no trasladará al demandado a la audiencia de liberación como era de esperar. En cambio, el abogado consultará con el Tribunal antes o durante la audiencia programada para determinar las condiciones de liberación del demandado.
- Los abogados pueden comparecer por teléfono y sus clientes no necesitan estar presentes en el Tribunal para las siguientes audiencias, de acuerdo con las condiciones establecidas:
- Las audiencias probatorias, como audiencias de detención preventiva, impugnaciones de evaluaciones de capacidad, audiencias probatorias de infracción de la libertad probatoria, audiencias probatorias de revocación de las condiciones de liberación, solicitudes de supresión, etc., requieren la presencia de un abogado, de los agentes de libertad probatoria, de monitoreo electrónico, de peritos o de un abogado que solicite al Tribunal su comparecencia por teléfono, y del demandado. Si el demandado se encuentra bajo custodia, será trasladado. Se instruye al fiscal y al abogado defensor a consultarse oportunamente antes de la audiencia para determinar si se puede lograr una estipulación que excluya la necesidad de una audiencia probatoria.
- Cuando los abogados o los demandados comparezcan ante el Tribunal, el protocolo establece que todas las personas deberán mantener una distancia de 6 pies. Por lo tanto, la distancia entre la mesa del abogado y los atriles se ajustará en consecuencia. Los acusados fuera de custodia permanecerán en la galería y se les proporcionará un micrófono en la barandilla. Los demandados bajo custodia permanecerán en el umbral que conduce a la sala del Tribunal desde la zona de seguridad y se les instalará un micrófono.
- No se presentarán declaraciones de culpabilidad improvisadas. No se fijará ninguna declaración de culpabilidad sin un acuerdo de culpabilidad firmado y una solicitud de cambio de declaración de culpabilidad. Estos deben incluirse en el texto propuesto para informar al Tribunal.
- El Centro de Detención del condado de Rio Arriba tendrá una videoconferencia disponible de lunes a viernes de 4:00 p. m. a 4:30 p. m. Estas videoconferencias son para consultas entre abogado y cliente. La videoconferencia de Rio Arriba para abogados defensores particulares se realizará en la sala de conferencias de la jueza Marlowe Sommer, adjunta a su sala del Tribunal. Se deberá establecer un cronograma para atender a los abogados.
- El Centro de Detención del condado de Santa Fe ofrecerá una videoconferencia de lunes a viernes de ______________________. Estas videoconferencias son para consultas entre abogado y cliente. La videoconferencia de Santa Fe para abogados defensores particulares se realizará en la sala de conferencias del juez Ellington, adjunta a su sala del Tribunal. Se deberá establecer un cronograma para atender a los abogados.
- Tanto el Centro de Detención del condado de Rio Arriba como el Centro de Detención del condado de Santa Fe realizarán conferencias telefónicas diarias entre abogado y cliente.
- Los jurados de acusación que ya se han reunido se suspenden hasta que la Oficina del Fiscal de Distrito presente una solicitud para volver a reunirse. La convocatoria de otros jurados de acusación será determinada por el Tribunal a solicitud del fiscal de Distrito.
Los ingresos de listas de causas penales que involucren a demandados representados por abogados del Despacho judicial del defensor público se realizarán a las 8:00 a. m.
Los ingresos de listas de causas penales que involucren a demandados representados por abogados defensores particulares o abogados contratados por el Despacho judicial del defensor público se realizarán a las 10:00 a. m.
En caso de un retraso de dos horas o del cierre del Tribunal debido a condiciones meteorológicas adversas, todos los asuntos programados en el periodo de retraso serán anulados y reprogramados por el Tribunal.