“ADR” is an abbreviation for Alternative Dispute Resolution.
Un tribunal resuelve las disputas en las que se han presentado demandas. Este proceso se denomina “litigio”. Los litigios pueden ser muy costosos y llevar mucho tiempo. Para servir mejor al público, muchos tribunales han introducido alternativas al litigio. Dos alternativas al litigio son las conferencias de conciliación y la mediación; también existen otras formas y procesos, como el arbitraje, para resolver disputas y gestionar conflictos entre personas.
La ADR implica más directamente a las personas en la resolución de sus conflictos jurídicos que los litigios. Cuando las personas tienen más voz en lo que les ocurre, suelen estar más satisfechas con el proceso y es más probable que respeten los términos del acuerdo al que han llegado. Los estudios demuestran que la ADR reduce significativamente el tiempo necesario para resolver los casos y los costes tanto para los litigantes como para los tribunales, e incrementa la satisfacción de los litigantes.
El Tribunal del Primer Distrito Judicial ofrece conferencias de conciliación como alternativa al litigio. Una conferencia de conciliación se produce cuando un caso ya está en litigio. El objetivo principal es llegar a un acuerdo más rápido sin llegar a juicio. Normalmente, pero no siempre, ambas partes están representadas por abogados. No es necesario estar representado por un abogado para poder utilizar el proceso de ADR.
Please refer to Self Representation, Frequently Asked Questions for further information.